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El grado cero de la alternatividad penal y la reconstrucción del derecho

Norberto Insuasty Plaza

Independientemente de la suerte que pueda correr en Colombia el proyecto de ley de Justicia y Paz al interior del Congreso de la Republica, inicialmente presentado por el gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez como Ley de Alternatividad Penal, lo que importa en este escrito es considerar la capacidad de la sociedad colombiana y de sus instituciones para asumir, con creatividad, la reconstrucción del llamado ordenamiento jurídico, o parte de el, con el fin de facilitar el camino de la paz y la convivencia en Colombia.

Si ponemos el asunto en puntos extremos, podría decirse que el grado cero de la alternatividad penal, de ahí su nombre, es la de no penalizar con cárcel, ni siquiera con un solo día, a quien resulte cobijado por sus beneficios. A cambio de su compromiso, digámoslo en términos amplios, de no volver a delinquir, el Estado se autoinhibe para sancionarlo, y por el contrario, se compromete a propiciar los mecanismos para una revinculación a la vida civil que le resulte atrayente, con el correspondiente beneficio colectivo que ello implica: la paz general, o al menos una disminución significativa de los actores armados propiciadores de violencia.

En el punto opuesto al grado cero de la pena estaría la pena extrema o máxima para el delincuente: la muerte, la cadena perpetua o muerte en vida. Adalid en este tipo de práctica penalizante son los EE.UU de Norteamérica, terror, se dice, de la delincuencia organizada.

Como es bien sabido, durante el siglo XX y lo que va corrido del XXI, Colombia se ha visto asolada por una amplia tipología de violencias que acarrearían a sus actores, en el supuesto caso de ser juzgados por la justicia norteamericana, la situación absurda de no poder vivir dos o mas vidas para poder pagarlas.

Por tal motivo, y con sobrada razón, durante la década del 90, en lo más álgido de la lucha contra los carteles de Medellín y Cali, cobró sentido la consigna narco de “Preferimos una tumba en Colombia que una cárcel en los EE.UU.”.Si se especula un poco, no es difícil concluir que existen lugares en el planeta tierra en donde el espíritu sacrosanto de la ley, más que pétreo, es inamovible, hace parte incuestionable de su cultura y a nadie le puede caber en la cabeza que el ordenamiento jurídico, o parte de él pueda reconstruirse.

No sucede lo mismo en Colombia. Nosotros preferimos quemar todos los códigos y su muy dignísima madre, la Constitución Nacional, si con ello pudiéramos desmovilizar a unos 40.000 combatientes entre paramilitares y grupos insurgentes. Es tal su capacidad de destrucción, su capacidad de repliegue y espera para capotear el temporal político y la acometida guerrera del Estado que la sacrosanta ley bien pude despojarse de su pétrea condición para hacerse plástica, cambiante, y darse de paso el lujo de ser postmoderna, esto es, ponerse a tono con fundamentos epistemológicos constructivistas.

Curiosamente fue el propio presidente de la república Álvaro Uribe Vélez, aliado del presidente Bush contra el terrorismo internacional y caracterizado por haber desatado la mayor ofensiva militar contra las organizaciones guerrilleras en nuestro país, en particular las FARC, quien asumió la responsabilidad de ofrecer nuevasvías y salidas a la guerra a través de la flexibilización jurídica que implicó la ley de alternatividad penal en su variante principal de grado cero de penalización. De inmediato se comentó que era una ley pensada para desmovilizar exclusivamente, y de manera favorable, a los paramilitares, en particular las Autodefensas Unidas de Colombia AUC, así formalmente la norma estipulara que a ella también podían acogerse todas las organizaciones y grupos insurgentes.

Por lo pronto, el destino de la norma en el Congreso en el primer debate de su articulado en las comisiones de Senado y Cámara parece haber echado por el medio entre los extremos, pues cambió su nombre con el de Justicia y Paz, propuso un cierto grado de penalización (máxima de ocho años) y se introdujo en consideraciones conceptuales y de técnica jurídica que la tienen al borde del colapso y, en caso de ser aprobada, su total ineficacia al no propiciar una real alternativa para los actores armados ilegales.

En su grado cero, la reparación a las víctimas, no deja de ser un embeleco legalista que en realidad nada repara y que podría eliminarse. El aplicar un castigo a los culpables esgrimiendo dudosos conceptos de justicia siempre está al orden del día cautivando la conciencia de la retaliación, del viejo vigilar y castigar, y al igual también podría obviarse. Acaba de ser asesinada en el Departamento del Huila doña Ligia Calderón de Solano, una respetable señora de 75 años, madre de destacados empresarios huilenses, luego de su secuestro en el Municipio de Baraya, al parecer por las FARC. ¿Qué reparación puede pretenderse para su dolida familia? Sépase lo que expresó hoy 17 de Abril de 2005 en la prensa local su hijo Hernando Solano Calderón:

“Huilenses: Mi madre fue asesinada por colombianos pertenecientes al grupo guerrillero de las FARC en un secuestro malogrado, el día miércoles 13 de abril del presente año. Hoy le estamos dando cristiana sepultura. (…) A la guerrilla de las FARC le ofrecemos el dolor que nos está acompañando, para invitarlos a que no sigan sembrando de desesperanza a nuestro país. Al país nuestro y de ustedes. El futuro no está en la violencia. La siembra de ideas duraderas no se consigue con los fusiles, sino con principios, valores, respeto y perseverancia”.

A esta familia lo que de ahora en adelante importa es la esperanza de un nuevo país y el desarme. No le interesa, conocer la verdad impúdica, fotográfica, del infame asesinato de su madre, ni hundir en las sombras de la venganza a los ejecutores, marionetas y a su vez víctimas de la guerra.

Describir en una ley o en un código la naturaleza de un acto delictivo y, a renglón seguido, establecer un castigo para quienes incurren en él constituyen los dos componentes estructurales básicos de una norma penal. La filosofía del derecho no ha ahorrado esfuerzos, a través de la historia, enel estudio de los fundamentos coercitivos que encarnan las leyes en su finalidad para alcanzar, por decir lo menos, un grado aceptable de eficacia y respeto, por no incluir, por ahora,lapalabra justicia. Creo que ha llegado la hora de apostarle a la solución y si para ello es necesario separarse de las más caras tradiciones penales, que a la hora de la verdad nada importan frente al dolor de la violencia, debemos hacerlo. La sociedad colombiana no requiere códigos que expresen pétreas nociones de la verdad, de la justicia y de reparación si estas no contribuyen eficazmente a desarmar a quienes de manera paraestatal expresan su verdad, su justicia y su reparación por otros medios ilegales de lucha.


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